Política de desconexión laboral

Establecer la importancia del descanso y el derecho a la desconexión laboral por fuera de la jornada laboral de los trabajadores de ACI PROYECTOS, y su grupo de empresas controladas, a no tener contacto por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, en horarios por fuera de su jornada ordinaria, así como también señalar los parámetros para garantizar su aplicación y correcta protección. Lo anterior, encaminado a que los colaboradores de la organización puedan disfrutar efectivamente de su tiempo libre, tiempos de descanso, licencias, permisos y/o vacaciones, sin estar al pendiente de menesteres laborales

2. Alcance

La presente política está dirigida a todo el personal que se encuentra vinculado laboralmente con ACI PROYECTOS y/o cualquiera de sus empresas controladas, incluyendo aquellos trabajadores que desarrollan el objeto de su contrato de manera remota o desde casa, promovido por todos como equipo de trabajo, y principalmente por sus gerencias, direcciones, jefaturas, coordinadores y demás cargos de liderazgo que aseguren el respeto por el derecho a la desconexión de todos los colaboradores.

3. Política de desconexión laboral

3.1 Derecho a la desconexión laboral

En reconocimiento del derecho y garantía a la desconexión laboral que tienen los colaboradores de la organización, al finalizar la jornada de trabajo no se deberán formular órdenes u otros requerimientos al colaborador para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral. De este modo, salvo que sea una situación excepcional o de fuerza mayor mediante la cual se vea comprometido el correcto funcionamiento de la organización o la prestación del servicio, y sea necesario ponerse en contacto con el respectivo personal a cargo, no será interrumpido el tiempo libre para responder, leer, o tramitar cualquier tipo de comunicación o solicitud que le sea remitida mediante correo electrónico, llamada telefónica, WhatsApp o algún otro medio o canal tecnológico.

3.2 Protección del derecho a la desconexión laboral

Con la finalidad de garantizar el derecho a la desconexión laboral, se establece que los diferentes mensajes, correos, solicitudes y requerimientos que le sean enviados a los trabajadores se remitirán en la medida de lo posible durante la jornada de trabajo. Aquellas solicitudes enviadas una vez finalizada la jornada de trabajo, contarán a partir del inicio del día laboral siguiente.

Será obligación del trabajador, que se encuentre próximo a acceder a sus vacaciones o licencias, dejar sus actividades al día y entregar un informe con las labores que se encuentran pendientes por tramitar, así como  programar automáticamente una respuesta desde su correo electrónico con un mensaje que alerte al remitente no encontrarse laboralmente disponible señalando la fecha de regreso, a partir de la cual, podrá atender la solicitudes, re direccionando la persona que supla las veces de su cargo en la organización.

Se evitará programar reuniones, sin importar cuál sea su modalidad (presencial o video llamada) fuera de la jornada y horario de trabajo para aquellos trabajadores que no clasifiquen en la categoría de empleados de manejo y confianza.

Finalizada la jornada de trabajo, el trabajador no tendrá contacto ni estará obligado a estarlo, con cualquier medio o herramientas tecnológicas o no relacionadas con su ámbito laboral.

En virtud de garantizar la adecuada prestación de los servicios prestados por ACI PROYECTOS y su grupo de empresas controladas, el ejercicio del derecho a la desconexión laboral no se verá afectado ni desconocido, cuando quiera que el trabajador se encuentre reponiendo tiempo por permisos laborales concedidos de manera remunerada o cuando voluntariamente el trabajador labore fuera de su horario de trabajo, sin que medie exigencia o requerimiento alguno por parte de la organización.

3.3 Uso de las herramientas tecnológicas (TIC)

Con la finalidad de cumplir con la presente política de desconexión laboral, las diferentes herramientas tecnológicas deberán ser usadas correctamente, motivo por el cual, es importante que se cumplan y se consideren los siguientes parámetros:

  • Frente a los diferentes dispositivos que sean asignados para la ejecución del trabajo (Computadores, celulares, etc.), es importante que los mismo no sean utilizados fuera de la jornada laboral, lo anterior con la finalidad de evitar que la misma se extienda y presente interrupciones en el descanso de los colaboradores.
  • Los colaboradores no estarán obligados a efectuar el ingreso a los correos electrónicos corporativos durante su periodo de vacaciones o licencias que sean otorgadas.
  • Se implementará el uso de la opción “enviar más tarde” en los correos electrónicos corporativos que tengan Outlook Office 365 Web o “retrasar entrega” en los correos electrónicos corporativos que tengan Outlook, con la finalidad de programar las diferentes solicitudes y requerimientos para que estas sean recibidas durante la jornada y el horario de trabajo de los diferentes trabajadores.
  • En caso de no efectuarse la opción “retrasar entrega”/”enviar más tarde” o no contar con el mismo, se contará la asignación respectiva del caso enviado por e-mail o cualquier otro medio de uso tecnológico, a partir del inicio del día siguiente hábil laboralmente.
  • En los casos en que por fuerza mayor sea necesario requerir al trabajador que ya haya finalizado su jornada de trabajo o se encuentre en un periodo de descanso se utilizará como herramienta la llamada telefónica.

3.4 procedimiento para el reporte y tramite de quejas por comportamientos que desconozcan el derecho a la desconexión laboral

3.4.1 Reporte que queja

Cualquier colaborador podrá interponer sus quejas mediante comunicación escrita enviada a través del correo electrónico del comité de convivencia laboral: comitedeconvivencialaboral@aciproyectos.com.

La queja deberá indicar como mínimo:

A. Nombre del quejoso (si es anónimo se indicará tal condición)

B. Nombre del funcionario contra quien procede la queja.

C. Fecha o fechas de ocurrencia de los hechos.

D. Descripción detallada de los hechos.

E. Material Probatorio que pretende hacer valer para demostrar el hecho.

El Comité en pleno debe propender por garantizar la confidencialidad durante todo el abordaje del caso.

3.4.2 investigación del reporte

El comité procederá a verificar la información de la queja, revisando si las conductas se consideran modalidades y/o conductas que constituyan desconocimiento al derecho de desconexión laboral regulado en la ley.
Revisada la queja, el comité le hará saber al interesado, mediante correo electrónico sobre la queja, y solicitará aclare o amplíe la queja radicada, si es necesario.}
Posteriormente el Comité en sesión entrevistará al querellado, para que este ejerza su derecho de defensa y aporte el material probatorio que estime conducente.

3.4.3 Plan de acción y seguimiento

Si una vez verificados los hechos con las pruebas allegadas por las partes la conclusión es que el caso se enmarca dentro de una conducta constitutiva de desconocimiento al derecho de desconexión laboral, el comité procederá. Citar a cada una de las partes involucradas en la queja, con el fin de implementar mecanismos de solución del conflicto, y si es del caso, verificación de acuerdos alcanzados.
Finalmente, el comité en reunión solicitará los soportes requeridos para hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes involucradas. En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el comité de convivencia laboral, deberá remitir la queja a la Gerencia para su amigable y conciliador cierre.
En caso que el Comité considere que lo hechos no son constitutivos de desconocimiento al derecho de desconexión laboral, procederá a emitir comunicación a las partes intervinientes, exponiendo sus consideraciones del caso.

4 Excepciones al derecho de desconexión laboral

Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del Tratamiento.

4. Excepciones al derecho de desconexión laboral

Con la finalidad de que no se vea interrumpido el correcto funcionamiento de los servicios de la organización y atendiendo a lo establecido en el artículo 6 de la ley 2191 de 2022, quedan exceptuados del derecho a la desconexión laboral los siguientes:

  • Aquellos cargos de dirección, confianza y manejo.
  • Aquellos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente.
  • Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se requiera cumplir deberes extra de colaboración con la organización, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.

En estos casos la organización está facultada para contactar a los colaboradores por fuera de su jornada laboral en aquellos casos en que puntualmente concurran circunstancias de causa de fuerza mayor o que supongan un grave, inminente o evidente perjuicio para ACI PROYECTOS o sus empresas controladas y que, por tanto, requieran alguna actuación precisa de sus personas trabajadoras en ese momento concreto que resulte impostergable.

 

5 Acciones preventivas para el cumplimiento de la política de desconexión

  • Acciones de formación y de sensibilización sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas, así como el respecto al derecho de desconexión.
  • Acciones a través de actividades comunicativas sobre el respeto al tiempo de descanso de los trabajadores tras la finalización de su jornada laboral, socializando la política presente, como mecanismo para que los colaboradores la conozcan, la apropien y se cumpla.
  • Publicación en página web principal de la presente política.
  • Socialización en inducción para los líderes del proceso y demás trabajadores contratados, para dar a conocer el derecho a la desconexión laboral desde su ingreso.